Senado aprueba en segunda lectura proyecto de ley extinción de dominio
En medio de debates de si la ley es retroactiva o no, orgánica u ordinaria, y el rechazo de los partidos de la Liberación Dominicana (PLD) y Fuerza del Pueblo (FP), el Senado aprobó este jueves en segunda lectura “como ley ordinaria” el proyecto de ley de extinción de dominio.

La pieza de 111 artículos y que deberá pasar a la Cámara de Diputados para su ratificación, contó con 20 votos a favor y 08 en contra de los 28 senadores presentes. La misma ya fue aprobada en primera lectura en la sesión del pasado martes, luego del Pleno rechazar el informe disidente que propuso el senador Yván Lorenzo, en el cual planteó se cambie el título de la ley para que diga es orgánica.
El proyecto de ley es una fusión de dos iniciativas legislativas, una de ellas propuesta del senador Antonio Manuel Taveras Guzmán (PRM); y la otra de los senadores Félix Ramón Bautista Rosario (FP), Aris Yván Lorenzo Suero (PLD) y José Manuel Del Castillo Saviñon (PLD).
La pieza tiene por objetivo regular el proceso de extinción de dominio de bienes ilícitos, previstos en la Constitución dominicana; establecer el procedimiento que permita hacer dicho instituto efectivo; definir las competencias y facultades de las autoridades responsables de su aplicación; y reconocer los derechos y garantías de los intervinientes y partes afectadas.
También busca sentar los principios fundamentales para funcionamiento del sistema de administración de los bienes de que trata esta ley; así como el procedimiento requerido para su declaración judicial a favor del Estado dominicano, observando el debido respeto de los derechos de terceros acreedores.
la comisión bicameral apoderada del proyecto de ley tuvo más de un año estudiando la legislación, la cual fue conformada en la sesión del 26 de mayo de 2021.
Propuestas de modificación
La iniciativa legislativa se conoció luego de que el senador Bautista A. “Bauta” Rojas, de FP, solicitó al Pleno que el proyecto sea remitido a la comisión bicameral que lo trabajó, para que revise, según precisó, sólo los artículos concernientes a la irretroactividad y la ley orgánica (artículos 110 y 112 de la Constitución), sino de otros aspectos.
El congresista tildó el proyecto de “mostrenco” y de tener “enormes faltas” e “inexactitudes groseras”. La moción fue rechazada con 20 votos en contra y siete a favor, de los 27 legisladores presentes en ese momento.
Luego de que se leyó la pieza íntegra, Bauta Rojas sometió una modificación al artículo 4 numeral 2 de la legislación, concerniente e la retrospectividad por 20 años, para que los bienes incautados se persigan en lo adelante, al precisar lo que establece la Constitución en su artículo 110: la irretroactividad. Sin embargo, la moción contó con 9 votos a favor y 19 en contra de los 28 senadores presentes, por lo que fue rechazada.
El artículo que planteó modificar dice: “La extinción de dominio se declarará con independencia de que la causal de procedencia haya ocurrido con anterioridad a la publicación de esta ley, siempre que el hecho vinculado a los bienes fuese considerado ilícito al momento de su ocurrencia y que a partir de ese momento no haya transcurrido el plazo de la prescripción mayor de derecho común de veinte (20)
años, prevista en el artículo 2262 del Código Civil”.
Félix Bautista, de FP, propuso una modificación al artículo 5 numeral uno, para que diga “probado” en vez de aprobado. La moción fue aprobada a unanimidad.
El proyecto de ley de extinción de dominio ha generado controversias entre legisladores y juristas en algunos aspectos, como es la restrospectividad; elusión fiscal; si la ley es orgánica y ordinaria; el derecho a la presunción de inocencia, entre otros.
Además, se han expresado sobre la controversial pieza otros sectores, como es Miriam Germán, procuradora general de la República; y Celso Juan Marranzini, presidente de la Asociación de Industria de la República Dominicana (AIRD).
Cabe resaltar que las leyes orgánicas requieren para su aprobación las dos terceras partes del quórum y las ordinarias necesitan una mayoría simple; el oficialismo cuenta con mayoría simple en ambas cámaras del Congreso.